viernes, 13 de noviembre de 2009

PIDEN PENA DE MUERTE PARA ESPIA PERO SEGUN LYE NO SE APLICARIA

La pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada, según consta en el artículo 140 de la Constitución Política del Perú.

Según el diario ‘Perú.21’, en el caso del militar Víctor Ariza, quien fue descubierto espiando a favor de Chile, no sería condenado a la pena capital, por lo que podría ser procesado por el delito de espionaje que, según el artículo 331 del Código Penal, está sancionado con una pena de cárcel no menor de 15 años ni mayor de 35.

Al respecto, el congresista Rolando Sousa, explicó que el delito de espionaje se configura cuando una persona se apodera de algún secreto nacional en complicidad con una potencia extranjera.

En esa línea, dijo que si se descubre que algún funcionario de otro país está involucrado en el hecho, también podría ser procesado –previa extradición– por inducción al delito de espionaje, que tiene la misma pena.

Bueno nosotros como todos los peruanos esperamos que es etraidor le cayga todo el peso de la ley por haber traicionado a su patria .

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